Estrategia y competitividad
¿Afectarán las amenazas de la Cámara de Comercio de USA al T-Mec?
24 febrero Por: Dr. Werner G.C. Voigt and Dr. Juan Carlos Botello
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Esta semana la Cámara de Comercio de Estados Unidos alertó a las autoridades de ese país que si planean imponer aranceles de un 25% a las importaciones de automóviles habrá graves consecuencias económicas y comerciales. Esto debido a que la sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de Estados Unidos establece que podrá imponer medidas proteccionistas a la importación de distintos bienes para minimizar el efecto de amenaza a la seguridad nacional. Habrá que recordar que actualmente existe una investigación abierta relacionada con la industria automotriz, pues se dice que la tecnología con la que cuentan los vehículos de procedencia extranjera podría ser una amenaza para la seguridad nacional vista desde la perspectiva que la tecnología podría ser intrusiva en los desarrollos tecnológicos propios de dicha nación. Actualmente los principales países exportadores de automóviles y autopartes con destino a USA son México, Canadá, Japón, Alemania y Corea del Sur. Las declaraciones sobre la imposición de medidas arancelarias a la importación surgen en el momento en el cual todavía no hay una ratificación del T-Mec por ninguno de los 3 países miembros pero podríamos suponer que éstas podrían tener el objetivo de complicar la ratificación. Sin embargo, hay que recordar que el recién firmado T-Mec cuenta con cartas paralelas que son instrumentos que establecen acuerdos entre las partes para comprender y solucionar algunos temas sensibles como el automotriz. La carta número 12 reconoce que los Estados Unidos no adoptarán ni mantendrán una medida que imponga aranceles o restricciones a la importación de bienes o servicios de México conforme a la Sección 232 de la Ley de Comercio de 1974, enmendada (Sección 232), durante al menos 60 días después de la imposición de una medida. Durante ese período de 60 días, los Estados Unidos y México tratarán de negociar un acuerdo apropiado, resultado basado en la dinámica de la industria y los patrones comerciales históricos. No obstante, el TLCAN de 1994, el Acuerdo Estados Unidos - México - Canadá (USMCA), y el Acuerdo de la OMC, si los Estados Unidos toman una acción bajo la Sección 232 que es inconsistente con uno de esos Acuerdos, México puede tomar una medida equivalente con efecto comercial en respuesta. Para mayor certeza, México también conserva sus derechos en la OMC para impugnar una medida de la Sección 232. Dicho lo anterior, los efectos económicos de llegarse a cumplir la amenaza de imponer aranceles a las importaciones de vehículos son: pérdida de al menos 700,000 empleos en USA, incremento en los precios de venta de los vehículos extranjeros y como consecuencia de ello una menor oferta de producto para el consumidor norteamericano, imposición de aranceles a diversos productos de USA por parte de los países afectados como represalias, afectaciones en las balanzas comerciales de los países miembros y sus consecuencias. Ante este escenario, cabe la posibilidad que el T-Mec sea usado como una moneda de cambio en la ratificación del mismo en Estados Unidos.

 

Dr. Juan Carlos Botello
Profesor – Investigador
Escuela de Comercio Internacional
UPAEP

Dr. Werner G.C. Voigt
External Consultant

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