Ya desde la década de los sesenta del S. XX empezó a cobrar importancia la discusión en torno a la participación política, al mismo tiempo que se prestaba mayor atención a conceptos como calidad de vida, emancipación, progreso, solidaridad internacional y democratización. De ahí la frase de Willy Brandt respecto a la necesidad de “atreverse a más democracia”, pues la democracia es el marco propicio para abrir espacios de participación política y social, en especial para quienes juegan con mayores desventajas: los pobres y las minorías étnicas y culturales. Como ocurre con otros conceptos en la Ciencia Política, el de la participación política no es un concepto unívoco, además de que resulta complicado acotarlo y precisar sus alcances y diferencias frente a otros tipos de participación como la social, la ciudadana, la comunitaria, etc. Esto también depende del concepto que manejemos de “política” y de “democracia”, pues por ejemplo, si por aquella entendemos una “lucha por el recto orden” en el amplio sentido de política de bien común, entonces toda participación merecería en última instancia el adjetivo de “política”. Por el contrario, en el caso de que circunscribamos el término “política” a la actividad partidista de acceso al poder, no toda participación podría calificarse como tal.
Así, Sydney Verba y Gabriel Almond, en 1963, desarrollaron una tipología para las diferentes graduaciones de la “cultura cívica”, entendida esta como la voluntad explícita de los individuos para participar en los asuntos públicos. Después de clasificar la participación cívica en “parroquial”, “subordinada” y “participativa”, veían en esta última la verdadera forma de participación y la única que le podría dar estabilidad a la democracia. Esto se relaciona con la idea de asumir cada uno las riendas del devenir político, pues cada ciudadano puede hacer oír su voz, organizarse y demandar bienes y servicios del gobierno. Es decir, se trata de ejercer influencia sobre las decisiones políticas y de vigilar su correcta aplicación.
Para comprender el concepto que ahora nos ocupa, es necesario distinguir entre participación política en sentido de la colaboración en los procesos políticos y participación política en el sentido de tomar parte de los bienes materiales y culturales de una sociedad. Sin embargo, hay que anotar que en las teorías del desarrollo más modernas se busca relacionar estrechamente ambos aspectos de la participación política, añadiendo incluso un tercer elemento: la activa participación de la población en el proceso de desarrollo. La palabra “participación” nos indica que se está “tomando parte”, pudiéndose distinguir una concepción instrumental y una normativa de la participación política. Hablamos de un enfoque instrumental al referirnos a todas aquellas formas de participación política que llevan a cabo los ciudadanos de forma voluntaria, personal o colectivamente, con el fin de influir directa o indirectamente a su favor en las decisiones políticas. Por lo tanto se toma parte, se consideran valores y se defienden intereses. Los destinatarios, en una democracia, son quienes toman las decisiones políticas en las diferentes áreas y niveles del sistema político. Por otro lado, para el enfoque normativo la participación adquiere otra calidad, pues no solamente es un medio para un fin, sino también un objetivo y un valor en sí misma. En este sentido además de ejercer influencia en la marcha de la comunidad y de representar intereses legítimos de la misma, es parte de la realización personal del ciudadano en la gestión del bien común, es decir, es parte de la actividad política, de la lucha por el recto orden. De acuerdo a esto, el enfoque instrumental de la participación está orientado hacia el conflicto y posee un carácter más individual, mientras que el enfoque normativo se orienta hacia el consenso y es comunitario y expresivo.
De igual manera conviene definir a la participación como un derecho, en específico un derecho democrático según la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en su resolución 1999/57, en donde ofreció una lista de los derechos a una gestión pública democrática, entre los que se encuentran los siguientes: 1) El derecho a la libertad de opinión y de expresión, de pensamiento, de conciencia y de religión, de asociación y de reunión pacíficas; 2) el derecho a la libertad de investigar y de recibir y difundir información e ideas por cualquier medio de expresión; 3) el imperio de la ley, incluida la protección jurídica de los derechos, intereses y seguridad personal de los ciudadanos y la equidad en la administración de la justicia, así como la independencia del Poder Judicial; 4) el derecho al sufragio universal e igual, así como a procedimientos electorales periódicos y libres; 5) el derecho a la participación política, incluida la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos para presentarse como candidatos; 6) instituciones de gobierno transparentes y responsables; 7) el derecho de los ciudadanos a elegir su sistema de gobierno por medios constitucionales u otros medios democráticos; 8) el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a la función pública en el país propio.
En ese sentido, al ya haber sido reconocida la participación como un derecho, el Estado se encuentra obligado a protegerla y resguardarla. Pero en realidad, lo más destacable de este punto es que los ocho incisos anteriores forman parte de la participación política, pues sin uno de ellos no es dable propiciar el otro. Es decir, aún y cuando la participación política fue señalada como un derecho, este no podría entenderse sin los demás, al estar directamente relacionados, principalmente nos referimos al derecho de acceso a la información y el derecho a la libertad de expresión y opinión. En este punto, tienen un papel protagónico las redes sociales que, en los últimos años, se han caracterizado por lograr informar (o, a veces, mal informar) a la población, organizarla e incluso mover a grandes grupos, llegando en ocasiones a jugar un papel influyente en la toma de decisiones.
Finalmente, resulta conveniente identificar la principal diferencia entre participación ciudadana y participación política, pues en algunas ocasiones podemos caer en el extremo de usar los términos como sinónimos. La participación política se refiere a las acciones efectuadas por los ciudadanos dentro de las instituciones formales y los mecanismos legales del sistema político. Por lo contrario, la participación ciudadana se ejerce cuando el ciudadano realiza acciones públicas que tienen por destino la interacción con el Estado en el sentido de influir en este para establecer en conjunto la planeación programática. En tales consideraciones, la principal diferencia es que la participación ciudadana no siempre llega a tener injerencia en el ámbito político o a través de las vías legales y busca establecer las propuestas, planes, programas y presupuestos de las políticas públicas y sus respectivos métodos de ejecución, supervisión, evaluación y rendición de cuentas. Entonces, la participación ciudadana resulta ser la que abre los espacios para que los ciudadanos puedan tener una participación política. Por eso resulta conveniente también analizar una definición de participación ciudadana que consigna Galindo Vélez, quien precisa que debe ser una “auditoría social”, cotidiana y en todos los ámbitos y quehaceres de la sociedad, que sirva para asegurarse que la aplicación de la ley y los procesos judiciales se hacen conforme a derecho y sin corrupción, pues si el Poder Ejecutivo está facultado para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los ciudadanos como contribuyentes, es justo que la sociedad pueda vigilar el correcto funcionamiento del gobierno. Bajo ese contexto podemos afirmar que si la participación ciudadana de manera global debe entenderse como una auditoría, esta fiscalización invariablemente deberá concluir en la participación política de los ciudadanos, pues es a través de las instituciones o de los medios políticos que podrán sancionar a los funcionarios. Sin embargo, esta manera de entender a la participación ciudadana no podrá ser acuñada sin una sociedad organizada, con ciudadanos íntegros que en realidad busquen alcanzar el bienestar de la comunidad y no solamente el propio. En efecto, podemos concluir que para que haya una participación ciudadana que pueda satisfacer las necesidades de nuestros países debe haber una sociedad organizada bajo los valores de la democracia; pero para que este requisito se cumpla, debe haber una cultura política acorde a dichos valores. De ahí la importancia de la participación de los ciudadanos en la esfera política, empezando por cobrar conciencia de nuestra corresponsabilidad en los asuntos públicos y de la imperiosa necesidad de ejercer nuestro derecho al voto de manera informada, respetuosa y libre.
Dr. Herminio S. de la Barquera y A.
Dirección de Posgrados en Ciencias Sociales
Centro de Investigación en Ciencias Sociales (INCISO-UPAEP)