Desarrollo humano y social
Convocatoria para Consejeros y Consejeras Distritales para Proceso Electoral Federal 2017-2018 y 2020-2021
17 noviembre Por: INE
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EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

TE INVITA A PARTICIPAR EN EL PROCESO DE DESIGNACIÓN DE CONSEJEROS Y CONSEJERAS DISTRITALES PARA LOS

PROCESOS ELECTORALES FEDERALES

2017-2018 Y 2020-2021

 

El Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en el estado de Puebla, de conformidad con lo establecido en los Acuerdos INE/CG449/2017 del Consejo General y el Acuerdo A03/INE/PUE/CL/1-11-2017;

 

C O N V O C A:

 

A las ciudadanas y los ciudadanos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 66, numeral 1 y 77 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y deseen participar en los procesos electorales federales ordinarios 2017-2018 y 2020-2021 como consejeras y consejeros electorales de los consejos distritales del Instituto en la entidad, a solicitar su registro y presentar su documentación de aspirante conforme a las siguientes;

 

B A S E S:

PRIMERA.- Del 1 al 15 de noviembre de 2017 se recibirán las solicitudes de inscripción como aspirante a Consejero o Consejera Electoral Distrital.

 

La inscripción podrá hacerse personalmente o por medio de organizaciones civiles, no gubernamentales, académicas, sociales, empresariales, de profesionistas, de apoyo a la comunidad, entre otras, con presencia pública nacional, estatal o regional.

 

Las propuestas se acompañarán de un formato de solicitud de inscripción que deberá ser entregado para su registro. El formato estará disponible en las oficinas de la Junta Local Ejecutiva, y en las Juntas Distritales Ejecutivas del Instituto Nacional Electoral del estado de Puebla, y en la página de internet del Instituto.

 

La inscripción se realizará en la Junta Local Ejecutiva y en las juntas distritales ejecutivas del Instituto Nacional Electoral en el estado de Puebla. 

 

El Consejo Local del Instituto Nacional Electoral emitirá el acuerdo con las designaciones procedentes una vez concluidas las etapas del procedimiento.

 

Podrán inscribirse o ser propuestos como aspirantes las y los ciudadanos interesados en participar, incluidos los que hayan participado como consejeros en los consejos locales o distritales en anteriores elecciones, salvo quienes hubiesen sido consejeros electorales propietarios de Consejo Distrital en 3 o más procesos electorales federales ordinarios, de conformidad con el artículo 66, numeral 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

REQUISITOS:

SEGUNDA.- Podrá participar quienes cumplan con los siguientes requisitos:

 

·      Ser mexicano o mexicana por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad, estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos políticos y civiles, estar inscrito (a) en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar.

 

·    Tener residencia de dos años en la entidad federativa.

 

·    Contar con conocimientos para el desempeño adecuado de sus funciones.

 

·    No haber sido registrado (a) como candidato a cargo alguno de elección popular en los tres años inmediatos anteriores a la designación.

 

·    No ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación.

 

·    Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.

 

TERCERA- Podrán inscribirse quienes hayan participado como consejeros o consejeras en los consejos locales o distritales en anteriores elecciones, salvo quienes hubiesen actuado como propietarios de consejos distritales en 3 o más procesos electorales federales ordinarios.

 

D O C U M E N T O S:

CUARTA.- Cada aspirante deberá presentar los siguientes documentos:

 

·    Solicitud de inscripción (disponible en las oficinas de la Junta Local Ejecutiva, y en las juntas distritales del Instituto Nacional Electoral en el estado de Puebla, así como en la página de internet del Instituto).

 

·    Original o copia del acta de nacimiento.

 

·    Currículum original.

 

·    2 fotografías tamaño infantil ;

 

·    Copia por ambos lados de la credencial para votar.

 

·    Copia de comprobante de domicilio oficial, de no más de dos meses de antigüedad.

 

·    Declaración bajo protesta de decir verdad de:

 

a)  No haber sido registrado como candidato (a) a cargo alguno de elección popular en los tres años inmediatos anteriores a la designación.

 

b)   No haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación.

 

c)  No haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiere sido de carácter no intencional o Imprudencial.

 

d)  Tener más de dos años residiendo en la entidad.

 

e)   Que es mexicano(a) por nacimiento y no ha adquirido otra nacionalidad.

 

f)    Que se encuentra en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

 

g)  Que toda la información que, con motivo del procedimiento de selección ha proporcionado al Instituto Nacional Electoral, es veraz y auténtica;

 

h)  Aceptación de las reglas establecidas en el proceso de selección y designación.

 

·    En su caso, presentar certificados, comprobantes con valor curricular u otros documentos que acrediten que cuenta con los conocimientos para el desempeño adecuado de sus funciones, así como una relación con las referencias completas de las publicaciones en las que haya participado.

 

·    En su caso, las publicaciones, certificados, comprobantes con valor curricular u otros documentos que acrediten que cuenta con los conocimientos para el desempeño adecuado de sus funciones.

 

·    En su caso, constancia de haber participado como Consejero Electoral en el otrora Instituto Federal Electoral o del Instituto Nacional Electoral, señalando los procesos electorales y consejos en que haya desempeñado el cargo.

 

·    Un escrito de dos cuartillas como máximo, en las que el interesado exprese las razones por las que aspira a ser designado como Consejero Electoral Distrital.

 

·    Declaración del aspirante en la que exprese su disponibilidad para ser designado Consejero Electoral Distrital y no tener impedimento alguno para el cumplimiento de las funciones inherentes a dicho cargo.

 

·    Consentimiento para que sus datos personales sean utilizados únicamente para los fines del procedimiento.

 

·    En su caso, escritos de apoyo a su candidatura que presenta por parte de organizaciones diversas.

 

QUINTA.- En caso de deficiencias en la documentación que se presente, se notificará por correo electrónico al o la ciudadana el mismo día en que se detecte la falta, para que en un plazo no mayor a 24 horas, subsane la deficiencia de documentación que se le requiera. En caso de no atender el requerimiento, se registrará dicha omisión y se incluirá en el expediente del aspirante respectivo, a fin de que en su momento el Consejo Local tome la decisión colegiada respecto de esa omisión.

 

SEXTA.- El Consejo Local respectivo designará en el mes de noviembre de 2017 a los y las ganadoras del concurso.

 

SÉPTIMA. Con el fin de promover y fomentar la participación de las mujeres en los órganos de decisión del Instituto Nacional Electoral, las seis fórmulas que conforman cada consejo distrital se integrarán por un número igualitario de mujeres y hombres.

 

Para mayores informes favor de comunicarse a los teléfonos de la Junta Ejecutiva Local (222- 243-82-22, 222-237-25-20,222-240-31-53,222-243-26-74,222-237-25-20) y a las Juntas Distritales que se enuncian a continuación: Huauchinango (776-762-18-00), Zacatlán (797-975-21-02), Teziutlán (231-312-29-75), Ajalpan (236-381-21-88), San Martín Texmelucan (248-484-25-01), Puebla (222-23662-82), Tepeaca (223-275-13-30), Ciudad Serdán (245-452-10-29), Puebla (222-268-33-16), Cholula de Rivadavia (222-261-48-43), Puebla (222-241-12-84), Puebla (222-237-55-50), Atlixco (244-445-48-61), y Tehuacán (238-382-35-97). En Acatlán de Osorio acudir a: Avenida Lázaro Cárdenas número 84, Colonia Barrio La Palma, Código Postal 74949.

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